El peritaje especializado para la materia de propiedad intelectual tiene su fuente en la Ley 20-00, cuyo artículo 189 establece que: “Los conflictos sobre propiedad industrial serán conocidos por los tribunales ordinarios.
A tales fines, se requerirá con carácter imprescindible la presentación de un peritaje para abocarse al conocimiento del fondo del caso correspondiente.”

