Tendencias Actuales del Derecho Francés. Santo Domingo: Taína.

(2003). Santo Domingo

Headrick, William C. (2003)

INTRODUCCIÓN

Este cursillo se basa en los apuntes tomados de la lectura de los números de la Revue Trimestrielle de Droit Civil de los últimos diez años (1992-2002). La mayor parte de los comentarios que publica esta revista versan sobre sentencias que interpretan o aclaran el derecho que pudiéramos llamar antiguo o éstas, por muy interesantes que sean, no se tocan en este curso. El curso abarca solamente lo novedoso en la legislación y jurisprudencia francesas.

Algunas de las sentencias comentadas no son de los tribunales franceses, sino de la Corte Europea de los Derechos Humanos (CEDH) con sede en Estrasburgo. Esta Corte aplica la Convención Europea de los Derechos Humanos (CEDH). La Corte y la Convención tienen la misma abreviatura. Por el contexto se puede determinar de cuál se trata.

La información contenida en la Revue no está totalmente al día. La Revue sale nueve meses después del período que abarca. Aparte de esto, la Revue contiene un análisis de las sentencias y de las leyes en materia civil que a los comentaristas les han parecido de mayor interés. Una hojeada a las anotaciones a la edición 2003 del Código Civil de Dalloz muestra que muchas sentencias no han sido comentadas en la Revue . Este curso abarca por consiguiente una escogencia de la selección hecha por los comentaristas de la Revue.

En sus orígenes, la función asignada a la Corte de Casación fue velar por la exacta aplicación de la ley. Hoy su función verdadera, que ella misma se ha asignado, es adaptar el derecho al sentido de justicia de la sociedad moderna. Por esta razón y porque el derecho dominicano se funda en la tradición francesa, el conocimiento del derecho francés actual es de mucho interés para el jurista dominicano. Mentalmente, al tomar este curso, el alumno hará una comparación del derecho francés actual con el derecho existente en la República Dominicana. El enfoque del curso será para él comparativo. Pero también, dependiendo del interés del estudiante, puede ser práctico. El derecho francés moderno ofrece soluciones a una multitud de problemas dominicanos, que en parte ya existen, aunque no han sido objeto de sentencias de la Suprema Corte de Justicia, y en parte surgirán en poco tiempo. Las soluciones francesas señalan un camino que los jueces dominicanos seguirán en muchos casos, sin que importe mucho que estas soluciones provengan de la legislación o de la jurisprudencia, porque ambas fuentes de derecho reflejan las mismas aspiraciones de justicia y muchas veces coinciden, cuando el Parlamento establece una regla que previamente había sido acogida por la Corte de Casación.

Al estudiante con una visión prática, que quiere visualizar a través del derecho francés las posibles tendencias del futuro en la República Dominicana, me permito aconsejarle que las novedades del derecho francés no se deben simplemente apropiar, como si fuesen ya parte del derecho dominicano.

Deben seleccionarse, usando el mismo esprit critique que caracteriza la mentalidad francesa y que se revela en los comentarios que aparecen en la Revue. Los análisis de la Revue ayudarán al jurista dominicano a evaluar las soluciones francesas, separando las justas o inadaptadas, que en Francia también existen, a veces por apego al sentido literal de textos que han escapado a la reforma, a veces por seguir la lógica jurídica hasta lo absurdo. Aún los elementos modernos y justos que el jurista dominicano encuentra en Francia, debe sazonarlos con un granito de sentido común nacional, en la medida en que percibe diferencias entre los valores jurídicos de su país y los que refleja el derecho francés de la actualidad. Lo importante para un jurista dominicano es que conozca el derecho francés y que tome una decisión racional y ponderada de si conviene adaptarlo o no, en tal o cual aspecto. Ésta es la justificación de este cursillo.

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